Baguatar
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Por Germán Alarco
Tosoni Investigador principal CENTRUM
Católica
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La modificación del tratamiento a la inversión extranjera directa (IED) debe ser
parte ineludible de la agenda económica mínima a ser acordada entre todos los partidos políticos del país. Las
condiciones económicas actuales son diferentes a las de los años noventa. Hay que redistribuir mejor los resultados
de su accionar. No se trata de establecer normas que la alejen; en cambio hay que examinar las experiencias de
otros países. La ruta del consenso en esta materia garantiza mejores condiciones de negociación con el capital
extranjero y resultados positivos para el país.
Entradas y salidas 1980-2008
En general toda IED genera efectos positivos por el lado del
empleo, pagos directos a los trabajadores, compras de insumos y bienes de capital nacionales, contratación de
servicios y efectos indirectos por las derramas económicas en las actividades, regiones y localidades donde
actúa. Estos impactos son más o menos positivos dependiendo tanto de la relación capital/trabajo como de la
magnitud de las articulaciones productivas con los otros sectores. Cuando hay reducidas interconexiones se
reproducen las añejas condiciones de una economía de enclave. Hay contribuciones, mayores o menores, a la brecha
de divisas, ahorro e ingresos fiscales dependiendo de las particularidades contractuales
establecidas.
La contribución de la IED a las exportaciones es evidente, pero
desde 2002 las utilidades anuales son mayores que la inversión recibida desde el exterior. Según el BCRP esta
fue de US$ 8,346 millones en 2008, mientras que la inversión ascendió a sólo US$ 6,924 millones (US$ 2,981
millones la realmente nueva). Las utilidades observadas en 2008 permitirían la recuperación de toda la inversión
acumulada entre 1980-2008 en 3.1 años y esta sería de 2.2 años respecto del acervo total de la IED reportado por
Proinversión de US$ 17,953 millones. Entre 1980 y 2008 ingresó US$ 25,639 millones como nueva IED. Esa inversión
y la realizada anteriormente generaron utilidades en el país por US$ 35,710 millones. El negocio ha sido
provechoso y en el mediano plazo habría evidentes ganancias extraordinarias. Si se aplica el criterio financiero
de garantizar una rentabilidad mínima a esta inversión a través de una tasa de descuento del 10%, toda la
inversión realizada ya habría sido recuperada.
Reserva de sectores para nacionales
Con argumentos de origen histórico y práctico, muchos países
establecen límites a la IED. En Brasil existen para la energía atómica y eléctrica, industria pesquera,
propiedad u administración de periódicos y revistas, redes de radio y televisión, servicios de salud, transporte
aéreo doméstico, servicios de correos y telégrafos, industria aeroespacial, transporte de carga por carretera,
empresas financieras y de seguros, más derechos de propiedad en áreas rurales y cerca de las fronteras
nacionales (hasta 150 KM). El transporte aéreo doméstico y el transporte marítimo de cabotaje (costero) son
actividades exclusivas para los estadounidenses.
En el México de hoy, vanguardia de la IED, no solo se tienen
actividades reservadas exclusivamente al Estado (como los hidrocarburos, energía atómica, correos y
radiotelegrafía, minerales radioactivos, emisión de billetes, entre otras), sino que hay exclusión total a
extranjeros en el transporte terrestre nacional, servicios de radiodifusión y televisión, instituciones de banca
de desarrollo y la prestación de servicios profesionales y técnicos. Hay límites del 10, 25 y hasta 49% para
extranjeros en actividades como el transporte aéreo nacional, instituciones de seguros, administradoras de
fondos para el retiro, periódicos, fabricación de armamento y explosivos, sociedades que tengan propiedades
agrícolas, ganaderas y forestales, pesca, administradoras portuarias integrales, entre otras.
Reciprocidad en el trato a la IED
Mientras que Proinversión del Perú se limita exclusivamente al
registro de la inversión extranjera, al trámite y registro de los convenios de estabilidad jurídica, el gobierno
chileno tiene que autorizar todas las IED. En un caso a través del Comité de Inversiones Extranjeras de Chile
cuando exceden de un monto predeterminado, se realizan en actividades efectuadas por el Estado, en servicios
públicos, medios de comunicación social o cuando se realicen por un Estado extranjero o una persona jurídica de
derecho público. La autorización corresponde al nivel ejecutivo del Comité cuando se trata de las otras
inversiones no previstas anteriormente.
Ningún país le da trato constitucional a la IED como el Perú,
razón por la cual deben modificarse los artículos 62 y 63 de nuestra Constitución Política, así como los
Decretos Legislativos 662 y 757 de 1991. Es imprescindible elevar los requerimientos para establecer los
Convenios de Estabilidad Jurídica asociándolos a la internación e inversión efectiva de dichos recursos en el
país. La propiedad de la Nación de los recursos en el subsuelo no renovables exige modificar significativamente
las normas sobre regalías mineras y para hidrocarburos, de forma que nos hagamos partícipes de la renta
económica por los mayores precios internacionales, garantizando un rendimiento razonable al inversionista. Para
las otras actividades es necesario elevar las tasas del impuesto a la renta, por ejemplo del 30 al 35% como en
EEUU. No hay que ideologizar el tema de la IED. Es imprescindible mejorar la distribución de sus resultados. La
globalización no debe ignorar a los nacionales y la base del trato debe ser la reciprocidad. Las relaciones de
la IED con las comunidades y el ambiente son temas para otro artículo.
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